martes, 6 de mayo de 2008





A DISPOSICIÓN DEL AMPF 930 MIL DOSIS DE COCAÍNA ASEGURADA POR LA BASE DE INTERCEPCIÓN AÉREA EN TUAPE

Agencia Lider.-En el marco de las acciones que realiza la Procuraduría General de la República, a través de su Delegación Estatal, para combatir los delitos Contra la Salud, elementos de la Policía Federal-Agencia Federal de Investigación adscritos a la Base de Intercepción Aérea, lograron el aseguramiento de 86 paquetes de cocaína en el poblado de Tuape.

De acuerdo con el parte informativo, elementos de la Base de Intercepción aérea realizaban vuelos de reconocimiento y vigilancia cuando se percataron que en las cercanías de la población referida, Municipio de Opodepe, en un terreno habilitado como pista, se encontraba una avioneta de la cual varias personas bajaban unas maletas, quienes al darse cuenta de la presencia de los federales emprendieron la huida en la misma aeronave.

Por tal motivo, los elementos federales trataron de dar alcance a la aeronave tipo CESSNA 206 con número de matrícula XB-UUI, color blanco con franjas verdes, sin lograrlo. En ese lugar, los agentes federales localizaron escondidas entre unos matorrales tres maletas con 86 paquetes confeccionados en cinta canela, los cuales contenían 93 kilos del alcaloide, equivalente a 930 mil dosis de cocaína.

Cabe señalar que en caso de haberse comercializado la droga, habría generado ganancias superiores a un millón 390 mil dólares.

Por lo anterior, la droga fue puesta a disposición del Agente del Ministerio Público de la Federación, quien continúa con la integración de la averiguaciones por el delito Contra la Salud en contra de quien o quienes resulten responsables.

El Artículo 172 BIS señala: “Al que para la realización de actividades delictivas utilice o permita el uso de aeródromos, aeropuertos, helipuertos, pistas de aterrizaje o cualquiera otra instalación destinada al tránsito aéreo, se le impondrá pena de dos a seis años y de cien a trescientos días de multa y el decomiso de los instrumentos, objetos o productos del delito, cualquiera que sea su naturaleza. Si dichas instalaciones son clandestinas, la pena aumentará hasta en una mitad.”

El Artículo 181 del Código Federal de Procedimientos Penales indica: “…Cuando se aseguren estupefacientes o psicotrópicos, el Ministerio Público acordará y vigilará su destrucción, si esta medida es procedente, previa la inspección de las sustancias, en la que se determinará la naturaleza, el peso y las demás características de éstas. Se conservará una muestra representativa suficiente para la elaboración de los dictámenes periciales que hayan de producirse en la averiguación previa o en el proceso, según el caso.”

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